El reparto de los bienes de un ser querido tras su fallecimiento suele ser un momento complicado y en el que, si no está todo bien atado, pueden surgir roces entre los posibles herederos. Uno de los casos más complicados es cuando te enfrentas a una herencia sin testamento, y ¿Cómo tramitarla?
Ya de por sí son muchos los procesos jurídicos que hay que poner en marcha ante la muerte de un familiar, desde la emisión del acta de defunción, hasta los diferentes registros notariales que hay que llevar a cabo, y en el caso de que no haya testamento, el proceso podrá ser todavía más largo. Contar con un abogado especializado en Derecho Civil, cómo el equipo de Paredes Abogados, podrá ser de gran ayuda en una situación así.
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Todo lo que necesitas saber sobre herencias sin testamento
Enfrentarse a una herencia sin testamento es relativamente sencillo si cuentas con el asesoramiento adecuado y conoces los pasos que hay que dar, aunque es verdad que es fácil encontrarse con que falta algún documento o, en el caso de patrimonios complejos en los que es difícil discernir en qué consiste la parte legítima de una herencia, por ejemplo. Vamos a ver qué pasos hay que dar para tramitar este tipo de herencias:
Lo primero que hay que solicitar en el registro Civil es el certificado de defunción, se trata de un documento público que vas a necesitar más adelante en diferentes partes del proceso.
El siguiente paso es solicitar las últimas voluntades. Este documento es básico para conocer si el finado dejó un testamento preparado y, en este caso, para demostrar que no lo hizo. A continuación, se debe solicitar al notario una Declaración de herederos abintestato (sin testamento). Esta declaración hay que presentarla por escrito y en presencia de dos testigos que deben de conocer al fallecido y no ser beneficiarios de la herencia.
Entre los documentos que se deben presentar para poder gestionar la herencia sin testamento no deben faltar los dos que hemos comentado, es decir, el certificado de defunción y el certificado del registro de últimas voluntades; así como el certificado de nacimiento de los hijos del fallecido, certificado de defunción de los hijos que hayan fallecido, certificado de matrimonio del fallecido y el Documento Nacional de Identidad del fallecido.
Una vez obtenida el acta de Declaración de herederos abintestato se llevará a cabo la repartición de bienes según el porcentaje y el parentesco que aplique a cada uno de ellos y siendo igualitaria en la totalidad de los casos. El orden de herederos ante una herencia sin testamento sería el siguiente: hijos y descendientes; ascendientes, si el fallecido no tiene hijos; el cónyuge viudo, en el caso de que no haya descendientes ni ascendientes; hermanos y parientes, si no hay ninguno de los anteriores; parientes colaterales hasta el cuarto grado; y finalmente, el Estado, en el caso de que no existieran herederos físicos. Nuestros abogados especializados en herencias en Asturias te pueden asesorar sobre todos los pasos a dar en estos momentos tan delicados, contacta con nuestros abogados de herencias en Oviedo.